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Trabajo en plataformas digitales: las ciudades y regiones piden criterios más estrictos para verificar la situación laboral  

Las ciudades y regiones de la UE piden a la Comisión Europea que refuerce los criterios para definir adecuadamente la situación de los trabajadores de las plataformas digitales y mejorar sus condiciones laborales. En un Dictamen elaborado por Yonnec Polet (BE/PSE), teniente de alcalde de Berchem-Sainte-Agathe, el Comité Europeo de las Regiones también se muestra preocupado por el uso de algoritmos y subraya que los trabajadores deben tener siempre derecho a una decisión tomada por un responsable o supervisor humano. El Dictamen fue aprobado por la Asamblea el 29 de junio.

De los más de veintiocho millones de personas que trabajan en Europa a través de plataformas digitales, muchas están clasificadas actualmente como no empleadas. Por lo tanto, el Comité acoge con satisfacción la presunción refutable de relación laboral y la inversión de la carga de la prueba previstas en la propuesta de Directiva, que la Comisión Europea presentó en diciembre de 2021. Sin embargo, considera que los criterios que indican que una plataforma de trabajo digital controla la realización del trabajo siguen siendo demasiado vagos, lo que hace que muchos trabajadores sigan escapando a la definición de empleado y no puedan beneficiarse de los derechos laborales y las prestaciones sociales que les corresponden.

Según el ponente Yonnec Polet, «las empresas de plataformas digitales mantienen deliberadamente una vaguedad jurídica que les favorece. Gracias a los nuevos criterios para activar la presunción de empleador, millones de trabajadores de plataformas verán mejorada su situación con la reclasificación de su situación laboral como empleados, dándoles acceso a los mismos derechos sociales que el resto de trabajadores. Además, debemos estar atentos a la gestión exclusivamente algorítmica de los recursos humanos. Los trabajadores de la plataforma tienen derecho a un interlocutor humano en lo que respecta a las decisiones importantes que afectan a su situación y condiciones de trabajo».

En su intervención en el pleno, Elisabetta Gualmini (IT/S&D), ponente del Parlamento Europeo, dijo: «Nuestro objetivo común es garantizar que la Directiva presentada por la Comisión Europea sobre los trabajadores de plataformas sea lo más eficaz posible para lograr tres objetivos principales. En primer lugar, es importante clasificar correctamente a las personas que realizan un trabajo a través de una plataforma en dos categorías principales: las relaciones laborales por cuenta ajena y el auténtico trabajo por cuenta propia. Acabar con los falsos autónomos también contribuye a garantizar una competencia leal entre las empresas tradicionales y las plataformas, al asegurar la igualdad de condiciones para todos los empleadores. En tercer lugar, la gestión de los algoritmos debe ser justa y transparente».

Como recuerda el Dictamen del Comité, las plataformas digitales de trabajo actúan como empleadores en cuanto que controlan ciertos elementos de la ejecución del trabajo y se establece una relación de subordinación. Por lo tanto, de los criterios propuestos por la Comisión, uno —en lugar de dos— debería ser suficiente para desencadenar la presunción de empleador y, por lo tanto, de trabajador. Además, la lista debe completarse con otros criterios que tengan en cuenta las acciones destinadas a determinar o limitar el precio de un servicio, condicionar la asignación de futuras ofertas de trabajo a la aceptación de tareas o a la disponibilidad del trabajador o limitar la capacidad de un trabajador para entablar una relación comercial con su cliente, dejando también margen para una interpretación más estricta por parte de las autoridades competentes a escala nacional.

En segundo lugar, debe exigirse a las plataformas digitales de trabajo que divulguen el funcionamiento detallado de sus sistemas automatizados de supervisión y toma de decisiones y sus algoritmos relacionados con las condiciones de trabajo. El Comité subraya que los trabajadores de plataformas deben tener siempre derecho a una decisión por parte de un responsable o supervisor humano cuando se trate de la suspensión o rescisión del contrato, la remuneración del trabajo, la situación contractual del trabajador u otras medidas con efectos similares. También es necesario velar por la portabilidad de los datos de los trabajadores con vistas a su desarrollo profesional, garantizándoles al mismo tiempo el derecho al olvido y a la rectificación.

El Dictamen del Sr. Polet también pide que se desarrollen orientaciones dirigidas a las plataformas digitales de trabajo y las personas que realizan trabajo en plataforma a fin de garantizar la correcta determinación del sector de actividad al que pertenecen y permitir la plena aplicación de la legislación y los convenios colectivos correspondientes a ese sector; Recuerda el papel crucial que los sindicatos desempeñan en este proceso a la hora de defender los derechos de los trabajadores. Asimismo, es esencial garantizar que las autoridades encargadas de hacer cumplir la legislación cuenten con el personal y la formación necesarios.

En conclusión, el ponente subraya que las ciudades y las regiones tienen un papel que desempeñar en la protección de los trabajadores de las plataformas digitales. El Sr. Polet añadió: «De hecho, son las autoridades subnacionales las que se encargan de aplicar la legislación laboral y determinar la situación de los trabajadores en muchos Estados miembros. Los entes locales y regionales no solo deben participar en la mejora de las condiciones del trabajo en una plataforma, sino que también deben recibir apoyo y formación para reforzar sus competencias en este ámbito».

Contacto:

Lauri Ouvinen

Tel. +32 473536887

lauri.ouvinen@cor.europa.eu

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